Juicio de alimentos
El derecho de recibir alimentos no es renunciable ni puede ser objeto de transacción. La ley reconoce entonces, el derecho de recibir alimentos y la obligación de proporcionarlos que tienen los miembros de la familia.
Su hijo tiene derecho de recibir alimentos
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Despacho Jurídico Martínez
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Preguntas frecuentes
Sí, la pensión alimenticia podrá tener un incremento mínimo equivalente al aumento porcentual del salario mínimo diario vigente, salvo que el deudor alimentario demuestre que sus ingresos no aumentaron en igual proporción.
Cuando existan varios acreedores alimentarios, el Juez repartirá el importe de la pensión en proporción a sus haberes, atendiendo el interés superior de las niñas, niños o discapacitados sobre los adolescentes.
Sí, los hijos mayores de edad tienen derecho a recibir alimentos siempre y cuando no hayan concluido sus estudios.